Tribuna · Especial Estatuto Marco

Con la convocatoria de elecciones, la pregunta que más se oye entre los médicos es si el Estatuto Marco sigue adelante. Mi respuesta, como jurista, es que el proyecto que se tramitaba en el Congreso no puede continuar, pero eso no deja a nadie sin amparo. Lo que cambia es el calendario, no los derechos.

Carlos Hernández, abogado del ICOMEM
Carlos Hernández, abogado del ICOMEM.

Caducar no es pausar

Se habla de «paralización» o de «stand by», y son palabras que confunden. El Reglamento del Congreso es claro: al disolverse las Cortes caducan los asuntos que estaban pendientes. El proyecto estaba en plazo de enmiendas y ahí se queda, sin posibilidad de reanudarse tal cual. Si alguien quiere retomarlo, tendrá que empezar de nuevo.

«Lo que cambia es el calendario, no los derechos».

No hay atajos en el Parlamento

Con las Cámaras disueltas, quien queda en funcionamiento es la Diputación Permanente. Pero sus competencias son limitadas y entre ellas no está aprobar una ley ordinaria ni sustituir al Pleno. Tampoco puede hacerlo un Gobierno que, por aplicación de la Ley 50/1997, queda limitado al despacho ordinario de los asuntos públicos.

¿Y por decreto-ley?

Es una pregunta lógica, y la respuesta corta es que no es jurídicamente procedente. El Estatuto Marco es una ley, y para modificarla hace falta otra norma con rango de ley. La Constitución permite al Gobierno aprobar un real decreto-ley, pero solo ante una «extraordinaria y urgente necesidad», con límites en las materias que puede regular y con la obligación de que el Congreso lo convalide después. Nada indica que el Gobierno vaya por ahí, y no parece el cauce para una reforma de este calado.

La vida de los profesionales no se detiene

Hoy sigue en vigor la Ley 55/2003, el Estatuto Marco que ya existía. No hay vacío legal ni cambia nada en las condiciones con las que trabaja un médico del sistema público. Conviene decirlo con calma, porque la incertidumbre política no debe convertirse en inquietud jurídica.

«La incertidumbre política no debe convertirse en inquietud jurídica».

Volver a empezar tiene un precio

Un nuevo Gobierno podrá decidir si retoma la reforma, pero lo hará desde la casilla de salida: un nuevo proyecto, un nuevo paso por el Consejo de Ministros y un nuevo recorrido por el Congreso, con sus plazos y sus enmiendas. Lo trabajado puede servir de base política, pero no vale como trámite. A ese tiempo hay que sumarle el de las elecciones, la investidura y la puesta en marcha de la legislatura.

La huelga es otra conversación

El derecho de huelga es un derecho fundamental, recogido en el artículo 28.2 de la Constitución, y corresponde a quienes la han convocado decidir si la mantienen, la aplazan o la desconvocan. Esa decisión no depende jurídicamente de en qué punto esté una ley.

Las elecciones abren un tiempo nuevo, pero el marco legal de los profesionales no queda en el aire. Hasta que haya una norma distinta, se aplica la actual. Y cuando llegue el momento de retomar la reforma, el camino empezará desde el principio.

Carlos Hernández
Abogado del ICOMEM.