Si trabajas en el SERMAS y has realizado la residencia en un centro acreditado o has prestado servicios en centros y empresas públicas vinculados al SERMAS o en fundaciones de investigación biomédica, puedes solicitar el reconocimiento de ese tiempo para cobrar los trienios correspondientes y los atrasos no prescritos.
El Servicio Madrileño de Salud (SERMAS) ha dictado nuevas instrucciones para reconocer, a efectos de trienios, determinados periodos trabajados anteriormente por su personal estatutario. La medida permite computar servicios prestados durante la residencia y en centros y fundaciones vinculados al sistema sanitario madrileño que hasta ahora habían dado lugar a numerosas reclamaciones.
Las instrucciones, firmadas el 7 de octubre de 2026 por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, se dirigen a las gerencias de Atención Hospitalaria, Atención Primaria y SUMMA 112. Su objetivo es unificar los criterios de reconocimiento de estos servicios, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
¿A quién afecta?
Las nuevas instrucciones se aplican al personal estatutario del SERMAS que haya prestado servicios anteriormente en alguno de los siguientes ámbitos:
- Centros acreditados para la residencia. Se reconoce el tiempo trabajado durante la formación de especialistas en Ciencias de la Salud (MIR, EIR, PIR, FIR, etc.) en centros acreditados, como el Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz.
- Centros, organizaciones y empresas públicas vinculados al SERMAS. Se incluyen el Hospital Universitario Infanta Elena, el Hospital Universitario Rey Juan Carlos, el Hospital Universitario de Torrejón, el Hospital General de Villalba, el Laboratorio Central y la Lavandería Central Hospitalaria, recogidos en el Decreto 246/2023.
- Fundaciones de investigación biomédica. Se reconocen los servicios prestados en las fundaciones vinculadas al sistema sanitario madrileño incluidas en el citado decreto, entre ellas las de los hospitales Clínico San Carlos, 12 de Octubre, Gregorio Marañón, Getafe, La Paz, Ramón y Cajal, La Princesa, Puerta de Hierro-Majadahonda, Niño Jesús y Príncipe de Asturias, así como las vinculadas a Infanta Leonor y Sureste, Infanta Sofía y Henares, y la Fundación para la Investigación e Innovación Biosanitaria de Atención Primaria.
¿Cómo solicitar el reconocimiento de los trienios?
Los profesionales interesados deben seguir dos pasos:
- Presentar una solicitud dirigida a la Gerencia del centro del SERMAS en el que trabajan actualmente.
- Acreditar los servicios prestados mediante documentación que permita comprobar los periodos trabajados cuyo reconocimiento se solicita. Puede solicitarse al centro de origen un certificado de servicios previos. No obstante, las nuevas instrucciones no concretan qué documentos deben aportarse en cada supuesto, por lo que conviene consultar previamente con la Gerencia correspondiente.
¿Por qué conviene reclamar cuanto antes?
El reconocimiento de estos periodos puede dar derecho al cobro de nuevos trienios y de cantidades atrasadas, pero solo se abonarán aquellas que no hayan prescrito.
Los efectos económicos se determinan de acuerdo con la normativa aplicable al personal estatutario fijo y temporal. En concreto, las instrucciones remiten a la disposición adicional tercera del Real Decreto 1181/1989 para el personal fijo y al artículo 42 de la Ley 9/1990 de Hacienda de la Comunidad de Madrid para el temporal.
Por ello, es importante presentar la solicitud cuanto antes para evitar que puedan prescribir cantidades pendientes de cobro.
Las instrucciones entraron en vigor el 8 de octubre de 2026 y también se aplican a los procedimientos de reconocimiento de servicios previos que ya estuvieran en curso.
¿Necesitas más información?
Los colegiados que tengan dudas sobre el reconocimiento de servicios previos o la reclamación de trienios pueden consultar con la Asesoría Jurídica del ICOMEM.